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Legislación › Ley 7/2007, de 15 de marzo, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha.

Artículo 5. Figuras de calidad agroalimentarias.

Artículo 5. Figuras de calidad agroalimentarias.

Las figuras de calidad agroalimentarias se agrupan en:

a) Figuras de calidad de acuerdo con la normativa de la Comunidad Europea; en concreto, las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, las especialidades tradicionales garantizadas, los vinos de calidad producidos en regiones determinadas, las indicaciones geográficas de vinos de la tierra, las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas y la producción ecológica.

b) Figuras de calidad de acuerdo a la reglamentación nacional de carácter básico: la producción integrada y aquellas marcas de garantía y marcas colectivas reconocidas como figuras de calidad por la Consejería competente en materia agroalimentaria, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley.

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