LexTotal

Legislación › Ley 11/2007, de 29 de marzo, de creación del Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha.

Artículo 7. Personal.

Artículo 7. Personal.

El personal del Organismo estará integrado por:

a) El personal funcionario o laboral de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que sea adscrito al Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha.

b) El personal funcionario o laboral que resulte transferido para la gestión y ejecución de las funciones que se le asigne.

c) El personal que se incorpore de acuerdo con la normativa vigente.

← Artículo 6 Índice Artículo 8 →