Legislación › Orden TAS/1415/2007, de 10 de mayo, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales.
Disposición transitoria tercera. De la incorporación de nuevos colegios.
Disposición transitoria tercera. De la incorporación de nuevos colegios.
Cuando sean formalmente creados nuevos Consejos o Colegios Autonómicos de Educadoras y Educadores Sociales y éstos tengan sus Órganos de Gobierno, incluidas sus Juntas Gestoras, legalmente constituidos, las Presidencias y los miembros de sus Órganos de Gobierno delegados a tal fin se incorporarán a la Asamblea General del Consejo General, en la primera sesión ordinaria o extraordinaria que la misma celebre.
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