Legislación › Ley 8/2007, de 13 de abril, del Estatuto de la Capitalidad compartida de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.
Disposición final única.
Disposición final única.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.


