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Legislación › Ley 8/2007, de 13 de abril, del Estatuto de la Capitalidad compartida de las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

Disposición final única.

Disposición final única.

La presente ley entrará en vigor a los veinte días siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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