Legislación › Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
1. Se faculta al Gobierno de Canarias para llevar a cabo el desarrollo reglamentario de la presente Ley.
2. La regulación de la composición y funciones de las representaciones de la Administración General del Estado o de sus fuerzas y cuerpos de seguridad en los órganos contemplados en esta Ley se efectuará de acuerdo con el Gobierno del Estado.
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