Legislación › Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
ANEXO VIII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de junio de 2007 y la del 2 de febrero de 2013.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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ANEXO VIII
Solicitud de retribución específica para las instalaciones del grupo b.3
Para la solicitud de la tarifa o prima específica por kWh, kWh a la que se refiere el artículo 39, se presentará un anteproyecto que describa de forma exhaustiva la instalación, donde al menos se desarrollen los apartados que se listan a continuación.
CARACTERÍSTICAS DE LA CENTRAL
Potencia de la instalación
– Potencia unitaria por dispositivo:
– Potencia total:
Tecnología empleada
– Descripción de la tecnología:
– Vida útil de los equipos de la instalación:
Equipos principales
– Desarrollo: %Nacional %UE %Internacional
– Fabricación: %Nacional %UE %Internacional.
Energía producida
– Horas anuales de funcionamiento de la central:
– Energía eléctrica total bruta producida por la central.
Inversión
– Coste de inversión de la instalación (€) desglosada:
– Coste de desmantelamiento (€):
Coste de operación y mantenimiento
– Número total de personas contratadas para la operación de la instalación, horas/año trabajadas y coste total de ese personal.
– Seguros
– Cánones
– Disponibilidad del sistema
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de febrero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-1117 | Leer | Qué cambió |
| 1 de junio de 2007 | Texto original | Leer |


