Legislación › Orden JUS/1492/2007, de 21 de mayo, sobre organización de la Abogacía del Estado en el ámbito autonómico.
Artículo 7. Desarrollo.
Artículo 7. Desarrollo.
La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado podrá dictar cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.


