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Legislación › Orden JUS/1492/2007, de 21 de mayo, sobre organización de la Abogacía del Estado en el ámbito autonómico.

Artículo 7. Desarrollo.

Artículo 7. Desarrollo.

La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado podrá dictar cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.

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