Legislación › Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica.
Artículo 11. Personal.
Artículo 11. Personal.
El personal del Centro Nacional de Información Geográfica será funcionario o laboral, en los mismos términos que los establecidos para la Administración General del Estado, y estará integrado en la correspondiente relación de puestos de trabajo.


