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Legislación › Ley 6/2007, de 11 de mayo, de Medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia.

Artículo 11. Régimen jurídico.

Artículo 11. Régimen jurídico.

1. El Instituto de Estudios del Territorio se rige por lo dispuesto en esta Ley y por las normas aplicables a los organismos autónomos dependientes de la Administración autonómica.

2. Los actos del Consejo Rector del Instituto de Estudios del Territorio, dictados en ejercicio de sus competencias, ponen fin a la vía administrativa.

3. El Instituto de Estudios del Territorio estará adscrito orgánicamente a la consejería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

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