Legislación › Ley 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias.
Artículo 15. Consejos de usuarios.
Artículo 15. Consejos de usuarios.
1. Los usuarios de los servicios de líneas regulares podrán agruparse en consejos de usuarios con objeto de defender sus intereses, especialmente, en cuanto a precios, calidad y regularidad de los servicios, y ofrecer a sus miembros asesoramiento y consulta de fletes y servicios marítimos.
2. Reglamentariamente se desarrollará su constitución con carácter insular y regional, así como su régimen de funcionamiento y competencias.


