Legislación › Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.
Disposición transitoria primera. Ámbito de las autorizaciones.
Disposición transitoria primera. Ámbito de las autorizaciones.
A partir de la aprobación del reglamento a que se refiere la disposición adicional octava de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación del Transporte Terrestre, las autorizaciones a que se refiere la presente ley tendrán el ámbito y eficacia que el mismo establezca.
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