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Legislación › Orden APA/1966/2007, de 20 de junio, por la que se establecen las condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera al cerco en el ámbito del acuerdo fronterizo del Miño.

Artículo 10. Infracciones y sanciones.

Artículo 10. Infracciones y sanciones.

El incumplimiento de lo establecido en la presente orden se sancionará en su caso, conforme a lo previsto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo.

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