Legislación › Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
Artículo 20. Composición de la Comisión Nacional de la Competencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2007 y la del 6 de marzo de 2011.
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Artículo 20. Composición de la Comisión Nacional de la Competencia.
Los órganos de la Comisión Nacional de la Competencia son:
a) El Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, que ostenta las funciones de dirección y representación de la misma y preside el Consejo.
b) El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, órgano colegiado de resolución formado por el Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia y seis Consejeros, uno de los cuales ostentará la vicepresidencia. Consejeros.
c) La Dirección de Investigación, que realiza las funciones de instrucción de expedientes, investigación, estudio y preparación de informes de la Comisión Nacional de la Competencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de marzo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-4117 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2007 | Texto original | Leer |


