Legislación › Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad.
Disposición transitoria séptima.
Disposición transitoria séptima.
El Operador del Sistema remitirá al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio una nueva versión del Procedimiento de Operación al que hace referencia el apartado 1 del artículo 21, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, sin perjuicio de ulteriores revisiones y actualizaciones.
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