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Legislación › Real Decreto 903/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo «Programas Educativos Europeos».

Artículo 4. Órganos de gobierno.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de julio de 2007 y la del 1 de abril de 2011. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Órganos de gobierno.
Los órganos de gobierno del Organismo Autónomo son los siguientes:
1.º Órganos Colegiados: colegiados:
a) El Consejo Rector.
b) El Comité de Control. Coordinación y Control Interno.
2.º Órganos unipersonales:
a) El Presidente.
b) El Vicepresidente.
c) El Director.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de abril de 2011 En vigor BOE-A-2011-5762 Leer Qué cambió
8 de julio de 2007 Texto original Leer

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