Legislación › Real Decreto 903/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo «Programas Educativos Europeos».
Artículo 4. Órganos de gobierno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de julio de 2007 y la del 1 de abril de 2011.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Artículo 4. Órganos de gobierno.
Los órganos de gobierno del Organismo Autónomo son los siguientes:
1.º Órganos Colegiados: colegiados:
a) El Consejo Rector.
b) El Comité de Control. Coordinación y Control Interno.
2.º Órganos unipersonales:
a) El Presidente.
b) El Vicepresidente.
c) El Director.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2011 En vigor | BOE-A-2011-5762 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2007 | Texto original | Leer |


