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Orden PRE/2017/2007, de 6 de julio, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 7 de julio de 2007 · Último cambio el 7 de julio de 2007 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Contenido del derecho de cobro correspondiente a la financiación del desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- Artículo 3. Intereses de actualización reconocidos del valor base del derecho de cobro correspondiente a la financiación del desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 4. Titulares iniciales.
- Artículo 5. Titulares sucesivos.
- Artículo 6. Registro de titulares.
- Artículo 7. Derechos de información de los titulares.
- Artículo 8. Procedimiento de subasta para la financiación del déficit reconocido ex ante en las liquidaciones de las actividades reguladas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Cuenta destinada al abono del derecho de cobro correspondiente al desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 10. Ingreso de los importes procedentes de la facturación por tarifas integrales y por las tarifas de acceso.
- Artículo 11. Procedimiento a seguir por la Comisión Nacional de Energía.
- Artículo 12. Satisfacción del derecho de cobro en el plazo máximo de quince años.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 13. Cálculo y determinación de la anualidad y del importe pendiente de cobro.
- Artículo 14. Procedimiento para el cálculo definitivo del importe pendiente de cobro correspondiente a los derechos y anualidad.
- Disposición adicional única. Cálculos previstos en la presente orden.
- Disposición final primera. Aplicación y ejecución de la orden.
- Disposición final segunda. Inicio de las subastas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


