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Legislación › Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.

Artículo 22. Reservas hidrológicas.

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Artículo 22. Reservas hidrológicas.
Las reservas hidrológicas quedan reguladas en los artículos 244 bis y siguientes del RDPH. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-21664 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2016 BOE-A-2016-12466 Leer Qué cambió
8 de julio de 2007 Texto original Leer

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