Legislación › Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Disposición adicional decimoquinta. Adaptación del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de octubre de 2007 y la del 10 de octubre de 2015.
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Disposición adicional decimoquinta. Adaptación del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos.
En el plazo de un año, el Gobierno presentará un estudio sobre la actualización de la normativa que regula el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos establecida esencialmente en el Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, parcialmente derogado, a las necesidades y exigencias actuales del colectivo de los trabajadores autónomos. Este estudio preverá las medidas necesarias para fijar la convergencia en las aportaciones y derechos de los trabajadores autónomos, en relación a los establecidos por los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-9735 | Leer | Qué cambió |
| 12 de octubre de 2007 | Texto original | Leer |
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