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Legislación › Ley 8/2007, de 13 de junio, de Policía de Galicia.

Artículo 34. Acceso a la categoría de inspector.

Artículo 34. Acceso a la categoría de inspector.

El acceso a la categoría de inspector se realizará mediante concurso-oposición por promoción interna, entre los miembros de la Policía de Galicia en situación de servicio activo que tengan un mínimo de cinco años de antigüedad en la categoría inmediatamente inferior, posean la titulación exigida y superen un curso de formación específico impartido a estos efectos en la Academia Gallega de Seguridad Pública.

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