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Legislación › Real Decreto 1031/2007, de 20 de julio, por el que se desarrolla el marco de participación en los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto.

Artículo 12. Procedimiento para el seguimiento y la verificación en el marco de los proyectos de Aplicación Conjunta en territorio español.

Artículo 12. Procedimiento para el seguimiento y la verificación en el marco de los proyectos de Aplicación Conjunta en territorio español.

El seguimiento y verificación de los proyectos del mecanismo de Aplicación Conjunta que se realicen en territorio español seguirán los procedimientos de seguimiento y verificación establecidos por el Comité de Supervisión del Artículo 6 del Protocolo de Kioto, y se llevarán a cabo por las entidades independientes acreditadas por el mismo.

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