Legislación › Ley 5/2007, de 26 de junio, por la que se crea como entidad de derecho público el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.
Artículo 8. Régimen jurídico del personal.
Artículo 8. Régimen jurídico del personal.
1. El personal de la entidad se regirá por el ordenamiento jurídico laboral y para su selección se tendrán en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2. Para la selección del personal directivo se tendrán en cuenta los criterios de competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad.


