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Legislación › Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Disposición transitoria segunda. Los procesos selectivos.

Disposición transitoria segunda. Los procesos selectivos.

Los procesos selectivos iniciados en el momento de aprobar la presente ley siguen rigiéndose, hasta su finalización, por la normativa aplicable en el momento de la convocatoria y, en consecuencia, los opositores aprobados acceden, si procede, a los respectivos cuerpos y escalas.

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