Legislación › Ley 10/2006, de 30 de noviembre, de creación de la Reserva Natural Dirigida de las Saladas de Chiprana.
ANEXO
ANEXO
Delimitación de la Reserva Natural
Dirigida de las Saladas de Chiprana y de su Zona Periférica de Protección
Delimitación de la Reserva Natural Dirigida de las Saladas de Chiprana
La Reserva Natural Dirigida de las Saladas de Chiprana comprende 154,8 hectáreas, y la Zona Periférica de Protección cuenta con 360,9 hectáreas localizadas en el municipio de Chiprana, Comarca de Bajo Aragón-Caspe (Baix Aragó-Casp), provincia de Zaragoza. La delimitación que figura en este anexo se ubica en las hojas números 441 (Híjar) y 442 (Caspe) del Mapa Topográfico Nacional a escala 1/50.000. La Reserva Natural Dirigida incluye la Salada de Chiprana con sus playas y las comunidades vegetales asociadas, la Salada de Roces con su orla de carrizal y de tamarices, el Prado del Farol y sus comunidades de vegetación húmeda, el olivar y los regadíos tradicionales, así como enclaves de paleocanales y laderas con roquedos y matorral, mientras que la Zona Periférica de Protección ocupa la zona alta de la cuenca, rodeando la zona lacustre, estando ocupada por pinar, matorral, cultivos herbáceos de secano, así como la zona de la cubeta de San Marcos.
Todo el ámbito de la Reserva Natural Dirigida de las Saladas de Chiprana queda enmarcado dentro del polígono 503.
Partiendo de la balsa-abrevadero situada en la parcela 9027, y siguiendo la dirección coincidente con las agujas del reloj, el límite de la Reserva Natural Dirigida lo marca la red de caminos que rodea a la Salada de Chiprana y que discurre junto a las parcelas 34, 10039, 5044, 5340, 5052 y 5053, quedando todas estas parcelas incluidas en el ámbito de la Reserva Natural. Posteriormente, y hasta alcanzar la vía del ferrocarril, el límite lo marca el linde de las parcelas 5339 y 5167, quedando ambas incluidas en la Reserva.
Desde este punto y hasta alcanzar el camino que cruza la parcela 22, el límite lo marca la vía del ferrocarril, para tornar posteriormente en dirección norte por el camino anteriormente mencionado, el cual, tras desembocar en el camino de las saladas, continúa en dirección oeste hasta la confluencia entre éste y el camino de Piarroyo, lugar en donde el límite toma dirección noroeste, siguiendo dicho camino, incluyendo las parcelas 5325 y 147 y alcanzando el tramo final de la acequia de Civán. Desde este punto, y hasta alcanzar de nuevo la balsa-abrevadero inicial, el límite de la reserva lo marca el trazado de la acequia mencionada, denominada en este tramo «acequia de Torre Farol».
Delimitación de la Zona Periférica de Protección
El ámbito incluido dentro de la Zona Periférica de Protección queda enmarcado en los polígonos 503 y 504.
Desde el puente del ferrocarril a la altura de la ermita de San Marcos, el límite de la Zona Periférica de Protección gira en dirección oeste, discurriendo por la tubería de desvío de aguas sobrantes al Regallo, y asciende por el cerro que queda enfrente. Sigue la línea de cumbres, pasando al norte del monte denominado «Pinares», parcela 10016, hasta alcanzar de nuevo la vía del tren cerca del puente del Corral del Tronco.
Tras cruzar la línea férrea, sigue en dirección nordeste por los lindes de las parcelas 10018 y 10133, incluidas ambas en el ámbito de la Zona Periférica de Protección, y posteriormente entra en la parcela 162, en donde sigue la divisoria que marcan los paleocanales existentes hasta llegar al camino que conduce al paraje de Val de Boliguero y a la vía pecuaria que se dirige a Escatrón.
Tras cruzar este camino, el límite de la Zona Periférica de Protección sigue la línea de cerros hacia el norte y el nordeste, acercándose a la carretera A-221 hasta más al norte del monte de Las Piletas, afectando parcialmente a las parcelas 10117, 10073 y 10066 del polígono 503, enlazando en el corral de Iriza con uno de los caminos de concentración que, desde la carretera, dan acceso al complejo lagunar.
Sigue este camino hacia el sur, bordeando el Bancal del Coto, atraviesa la vía pecuaria y enlaza con el camino de circunvalación que sigue en dirección sudeste. Alcanzada la Plana de San Marcos, el ámbito incluye gran parte de las parcelas 5001 y 5002 del polígono 504, rodeando hacia el este la subcuenca del Plano hasta enlazar con el corral de la Plana y, desde este corral, la cubeta de San Marcos por un camino de dirección nordeste-suroeste que enlaza con la ermita de San Marcos.


