Legislación › Real Decreto 1033/2007, de 20 de julio, por el que se determinan los puestos tipo de las unidades que integran las oficinas judiciales y otros servicios no jurisdiccionales y sus correspondientes valoraciones, a efectos del complemento general de puesto de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única quedan derogadas las siguientes normas:
a) El Real Decreto 1909/2000, de 24 de noviembre, por el que se fija el complemento de destino de los funcionarios de los Cuerpos de Médicos Forenses, Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología, Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, Técnicos Especialistas, Auxiliares de Laboratorio del Instituto de Toxicología y Agentes de Laboratorio a extinguir del Instituto de Toxicología, excepto lo establecido en el artículo 12, que continuará siendo de aplicación a los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia incluidos en el ámbito de aplicación del presente real decreto.
b) El Real Decreto 1714/2004, de 23 de julio, por el que se fija para el año 2004 el régimen retributivo de los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial y de los Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
2. Queda derogada asimismo cualquier otra norma de rango igual o inferior que se oponga a las previsiones de este real decreto.
← Disposición transitoria única Índice Disposición final primera →


