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Legislación › Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal.

Artículo 11. Régimen económico-financiero y patrimonial.

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Artículo 11. Régimen económico-financiero y patrimonial.
1. La Comisión tendrá patrimonio propio e independiente del patrimonio del Estado.
2. Los recursos de la Comisión estarán integrados por:
a) Los bienes y valores que constituyan su patrimonio, así como los productos y rentas del mismo.
b) Los ingresos obtenidos por la liquidación de las tasas que tengan por objeto la financiación del funcionamiento de la Comisión.
c) El importe de las sanciones y multas coercitivas previstas en esta ley.
d)
Las transferencias que se efectúen, en su caso, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
e) Las donaciones y legados que reciba.

3. El control económico y financiero de la Comisión se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2011 En vigor BOE-A-2010-20139 Leer Qué cambió
10 de octubre de 2007 Texto original Leer

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