Legislación › Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal.
Disposición transitoria segunda. Continuidad de funciones del Ministerio de Fomento.
Disposición transitoria segunda. Continuidad de funciones del Ministerio de Fomento.
Las funciones que esta ley atribuye a la Comisión Nacional del Sector Postal, serán desempeñadas por el Ministerio de Fomento hasta el momento en que, de conformidad con la disposición adicional primera, se produzca su entrada en funcionamiento.
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