Legislación › Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil.
Artículo 1. Principios generales.
Artículo 1. Principios generales.
1. La Educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años.
2. Esta etapa se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad.
3. La Educación infantil tiene carácter voluntario. El segundo ciclo de esta etapa educativa será gratuito.


