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Legislación › Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología.

Artículo 12. Otros órganos.

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Artículo 12. Otros órganos.
1. Como órganos responsables dependientes del Director, director, y con las competencias que se les asigna, existirán las siguientes unidades:
a) División Científica y de Relaciones Institucionales. Magnitudes Mecánicas e Ingeniería.
b) División de Metrología Aplicada Magnitudes Energéticas, Medio Ambiente y Legal. Salud.
c) Secretaría General.
2. Corresponde Corresponde, bajo la supervisión del director, a la División Científica y de Relaciones Institucionales Magnitudes Mecánicas e Ingeniería el ejercicio de las funciones atribuidas al Centro Español de Metrología en el artículo 4, apartados a), b), c), e), n) en las áreas de Longitud e Ingeniería de Precisión, Masa, Magnitudes Mecánicas y o), Medidas Dinámicas, así como la asistencia al Director director en las funciones propias del mismo.
3. Corresponde Corresponde, bajo la supervisión del director, a la División de Metrología Aplicada Magnitudes Energéticas, Medio Ambiente y Legal Salud el ejercicio de las funciones atribuidas al Centro Español de Metrología en el artículo 4, apartados g), h), i), j), l), m) en las áreas de Termodinámica y w) Medio Ambiente, Electricidad y Energía, Química y Salud, así como la asistencia al Director General director en las funciones propias del mismo.
4. Ambas Divisiones colaborarán, en el ámbito de sus respectivos campos de actuación, en las funciones señaladas en el artículo 4, apartados d), f), k), p), q), r), s), t), u), v) y x).
5.
Corresponde a la Secretaría General General, bajo la supervisión del director, las funciones siguientes:
a) La
gestión económica, presupuestaria de personal los ingresos y gastos, la realización de compras del Centro Español los cobros y pagos, la gestión de Metrología, el soporte la tesorería, la tramitación de los sistemas expedientes de información y, en general, contratación, así como la gestión patrimonial del CEM.
b) La gestión de recursos humanos,
el régimen interior, asuntos generales y la planificación y ejecución de la política de prevención de riesgos laborales.
c) La gestión y dotación de medios informáticos, además del análisis, diseño, impulso,
mantenimiento y buen funcionamiento gestión de las herramientas informáticas necesarias para el desarrollo de los recursos procesos necesarios propios de las funciones del Centro. Centro Español de Metrología.
6. d) La gestión de los asuntos horizontales que no se correspondan con competencias específicamente atribuidas a otras unidades del Centro Español de Metrología.
5.
Los titulares de los órganos a los que se refiere este artículo serán nombrados y separados cesados de su cargo de acuerdo con el nivel del puesto, en la forma establecida para los funcionarios de la Administración General del Estado y de acuerdo con la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de abril de 2019 En vigor BOE-A-2019-5817 Leer Qué cambió
27 de octubre de 2007 Texto original Leer

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