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Legislación › Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología.

Artículo 8. Régimen jurídico y composición del Consejo Rector.

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Artículo 8. Régimen jurídico y composición del Consejo Rector.
1. El Consejo Rector es un órgano colegiado que conoce y orienta las actividades del Organismo, rigiéndose por lo dispuesto en el presente estatuto y por lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
2. El Consejo Rector será convocado por su Presidente y se reunirá en sesión ordinaria por lo menos una vez al año y en sesión extraordinaria cuando lo juzgue necesario el Presidente o a petición de la mayoría de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los asistentes y en caso de empate dirimirá el voto del Presidente.
3. El Presidente podrá convocar a las reuniones del Consejo Rector, cuando lo considere conveniente, atendiendo a los temas que se vayan a tratar, a personas del Centro o ajenas al mismo, en calidad de asesores, con voz pero sin voto.
4. El Consejo Rector estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: el Presidente presidente del Organismo. CEM.
Vicepresidente: el Director director del Centro Español de Metrología. CEM.
Vocales:
a) Un representante, con nivel de subdirector general, general o asimilado, designado por la Subsecretaría del Departamento departamento correspondiente, de cada uno de los Ministerios ministerios de: Asuntos Exteriores y de Cooperación; Defensa, Economía Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Hacienda, Interior, Fomento, Educación y Ciencia, Agricultura, Pesca y Alimentación, Presidencia, Administraciones Públicas, Sanidad Fomento y Consumo, Medio Ambiente Política Territorial y Vivienda. Función Pública.
b) Dos subdirectores generales nombrados por la Subsecretaría del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
c)
El Abogado del Estado jefe de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Turismo Comercio y Comercio. Turismo.
d) Cinco c) Dos personas nombradas por el Secretario la persona titular de la Secretaría General de Industria, dos Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, una de ellas de reconocido prestigio en el ámbito de la acreditación, normalización y calidad industrial y las tres restantes la otra entre miembros de reconocido prestigio en la comunidad científica metrológica.
5. Actuará como Secretario secretario del Consejo Rector, con voz pero sin voto, el Secretario General secretario general del Centro Español CEM, que no tendrá la condición de Metrología. miembro del Consejo.

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18 de abril de 2019 En vigor BOE-A-2019-5817 Leer Qué cambió
27 de octubre de 2007 Texto original Leer

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