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Legislación › Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Artículo 146. Caracterización.

Artículo 146. Caracterización.

En el procedimiento restringido sólo podrán presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación. En este procedimiento estará prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos.

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