Legislación › Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Artículo 146. Caracterización.
Artículo 146. Caracterización.
En el procedimiento restringido sólo podrán presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación. En este procedimiento estará prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos.


