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Legislación › Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Artículo 163. Caracterización.

Artículo 163. Caracterización.

1. En el diálogo competitivo, el órgano de contratación dirige un diálogo con los candidatos seleccionados, previa solicitud de los mismos, a fin de desarrollar una o varias soluciones susceptibles de satisfacer sus necesidades y que servirán de base para que los candidatos elegidos presenten una oferta.

2. Los órganos de contratación podrán establecer primas o compensaciones para los participantes en el diálogo.

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