Legislación › Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
Artículo 119. Procedimiento.
Artículo 119. Procedimiento.
El procedimiento de conciliación se tramitará conforme a lo establecido en el Capítulo 4 de la Directiva 92/13/CEE y las normas dictadas al efecto en desarrollo del mismo por la Comisión Europea.


