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Legislación › Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

Artículo 55. Cierre de la subasta.

Artículo 55. Cierre de la subasta.

Las entidades contratantes cerrarán la subasta electrónica de conformidad con una o varias de las siguientes modalidades:

a) Indicando la fecha y la hora fijadas previamente en la invitación a participar en la subasta.

b) Cuando no reciban nuevos precios o nuevos valores que respondan a los requisitos relativos a las diferencias mínimas. En tal caso, las entidades contratantes especificarán en la invitación a participar en la subasta el plazo que respetarán a partir de la recepción de la última presentación antes de dar por concluida la subasta electrónica.

c) Cuando concluya el número de fases de la subasta establecido en la invitación a participar en la subasta.

Cuando las entidades contratantes decidan que el cierre de la subasta electrónica vaya a producirse con arreglo a la letra c), en su caso conjuntamente con las modalidades previstas en la letra b), la invitación a participar en la subasta indicará los calendarios de cada fase de la subasta.

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