Legislación › Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
Artículo 60. Criterios de adjudicación.
Artículo 60. Criterios de adjudicación.
Sin perjuicio de las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas relativas a la remuneración de determinados servicios, los criterios en que se basarán las entidades contratantes para adjudicar los contratos serán los siguientes:
a) El precio más bajo solamente.
b) La oferta económicamente más ventajosa.


