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Legislación › Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

Artículo 60. Criterios de adjudicación.

Artículo 60. Criterios de adjudicación.

Sin perjuicio de las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas relativas a la remuneración de determinados servicios, los criterios en que se basarán las entidades contratantes para adjudicar los contratos serán los siguientes:

a) El precio más bajo solamente.

b) La oferta económicamente más ventajosa.

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