Legislación › Real Decreto 1370/2007, 19 de octubre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres.
Artículo 2. Finalidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de noviembre de 2007 y la del 27 de septiembre de 2013.
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Artículo 2. Finalidad.
La Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres tiene como finalidad supervisar la integración, de forma activa, del principio de igualdad de trato y oportunidades en la actuación de la Administración General del Estado, así como la coordinación de los distintos departamentos ministeriales en relación con las políticas y medidas por ellos adoptadas, en materia de igualdad de mujeres y hombres. hombres y para la erradicación de la violencia contra la mujer.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de septiembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-9968 | Leer | Qué cambió |
| 2 de noviembre de 2007 | Texto original | Leer |


