Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.
Artículo 108.
Artículo 108.
El Ayuntamiento de Palma de Mallorca conservará en su funcionariado la denominación de los cargos municipales históricos, meramente a efectos históricos y culturales y sin otorgar ningún tipo de derecho específico adicional por esta circunstancia.


