Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.
Artículo 12.
Artículo 12.
Los grupos municipales, en el seno del pleno y de las comisiones, pueden formular sugerencias, orientaciones y recomendaciones propias, de carácter general. Igualmente, cualquier grupo puede someter al pleno y a las comisiones propuestas de acuerdo sobre materias de su competencia. Reglamentariamente tendrá que regularse el procedimiento para ello.


