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Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.

Artículo 126.

Artículo 126.

El poder judicial y el servicio público de la Administración de Justicia en la ciudad de Palma de Mallorca son ejercidos por los órganos jurisdiccionales determinados en la legislación reguladora del Poder Judicial.

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