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Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.

Artículo 138.

Artículo 138.

El Ayuntamiento de Palma de Mallorca debe tener representación en los órganos de gobierno de las cajas de ahorros que tengan su sede o sus delegaciones en Palma de Mallorca, en los términos que establece la legislación vigente.

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