LexTotal

Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.

Artículo 31.

Artículo 31.

El pleno municipal, el alcalde o la alcaldesa y la Junta de Gobierno Local pueden desconcentrar y descentralizar sus competencias en los concejales o las concejalas, en otros órganos municipales o en otros entes locales, respectivamente.

← Artículo 30 Índice Artículo 32 →