Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.
Artículo 31.
Artículo 31.
El pleno municipal, el alcalde o la alcaldesa y la Junta de Gobierno Local pueden desconcentrar y descentralizar sus competencias en los concejales o las concejalas, en otros órganos municipales o en otros entes locales, respectivamente.


