LexTotal

Legislación › Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.

Artículo 90.

Artículo 90.

1. La sanción por infracciones de normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponde al alcalde o a la alcaldesa.

2. El alcalde o la alcaldesa puede desconcentrar o delegar el ejercicio de dichas competencias en los términos de la legislación básica de régimen local y la presente Ley.

← Artículo 89 Índice Artículo 91 →