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Legislación › Ley 11/2007, de 11 de octubre, de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales.

Artículo 13. Funciones del presidente o presidenta del Consejo de Gobierno.

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Artículo 13. Funciones del presidente o presidenta del Consejo de Gobierno.
El presidente o presidenta del Consejo de Gobierno tiene las siguientes funciones:
a) Representar a la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales en todo tipo de actos públicos ante el Parlamento, el Gobierno de la Generalidad y las instituciones representativas.
b) Representar
representativas, y representar al Consejo de Gobierno y velar por Gobierno.
b) Efectuar
la ejecución representación ordinaria de las decisiones que toma. la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales para comparecer en juicios y en todo tipo de actuaciones.
c) Responder Responder, oralmente o por escrito escrito, a las preguntas que le formule la comisión parlamentaria de control parlamentario de la actuación de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales.
d) Ejercer la dirección ejecutiva ordinaria de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y velar por la ejecución de las decisiones tomadas por el Consejo de Gobierno.
e)
Requerir al Consejo Asesor de Contenidos y de Programación los informes preceptivos y los que considere oportuno solicitarle.
e) f) Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias y fijar el orden del día de las mismas. sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Gobierno.
f) g) Presidir las sesiones.
g) Moderar el desarrollo
sesiones del Consejo de los Gobierno, ordenar sus debates, suspenderlos por causas justificadas y levantar sus sesiones.
h) Dirimir, con su voto de calidad,
las sesiones votaciones que den como resultado un empate, con el fin de los mismos. posibilitar la adopción de acuerdos.
h) i) Coordinar los trabajos de las comisiones y las ponencias.
j) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que regulan la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno en el ámbito de sus competencias.
k) Elaborar, conjuntamente con los demás miembros del Consejo de Gobierno, la propuesta del contrato-programa, observando el cumplimiento de los convenios colectivos de las empresas de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y la participación de los representantes de los trabajadores mediante informe previo.
l) Elaborar y someter a la aprobación del Consejo de Gobierno el plan de actividades de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales, los planes de actuación de sus empresas filiales y la memoria anual.
m) Nombrar y separar al personal directivo, con criterios de profesionalidad, posteriormente a su designación por acuerdo del Consejo de Gobierno.
n) Garantizar que la programación se ajuste a las directrices aprobadas por el Consejo de Gobierno.
o) Proponer al Consejo de Gobierno las plantillas y los organigramas de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y sus empresas filiales, y el régimen de retribuciones del personal.
p) Dirigir, orientar, coordinar e inspeccionar los servicios de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y de sus empresas filiales, y dictar las disposiciones e instrucciones relativas al funcionamiento y a la organización interna, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Gobierno.
q) Actuar como órgano de contratación de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y de sus empresas filiales, sin perjuicio, si procede, de la preceptiva autorización del Gobierno.
r) Autorizar los pagos y los gastos de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y de sus empresas filiales, sin perjuicio de lo que los estatutos de estas empresas dispongan y de la facultad de delegación.
s) Cumplir lo dispuesto por la Ley orgánica del derecho de rectificación, con relación a los escritos de rectificación.
t) Otorgar, previa autorización del Consejo de Gobierno, toda clase de actos, contratos y negocios jurídicos de acuerdo con la normativa vigente.
u) Cumplir las demás funciones que, si procede, le delegue expresamente el Consejo de Gobierno.

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En vigor desdeLa introdujo
19 de noviembre de 2019 En vigor BOE-A-2019-17098 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2012 BOE-A-2012-3413 Leer Qué cambió
19 de octubre de 2007 Texto original Leer

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