Legislación › Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales.
Artículo 47. La finalidad y los objetivos de la participación.
Artículo 47. La finalidad y los objetivos de la participación.
1. La finalidad de la participación es integrar la deliberación en los procesos de toma de decisiones para adecuar el sistema de servicios sociales a las necesidades de las personas y a su diversidad.
2. Los objetivos de la participación son la implicación de toda la sociedad en los asuntos sociales, la prevención de la fragmentación social, la innovación en la prestación de los servicios y el reforzamiento de las redes sociales de apoyo.


