Legislación › Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales.
Artículo 82. Disposiciones generales.
Artículo 82. Disposiciones generales.
1. La calidad de los servicios sociales es un principio rector del sistema de servicios sociales y un derecho de los usuarios. Esta calidad debe basarse en las nuevas modalidades y técnicas prestacionales disponibles para permitir que los servicios sociales mejoren y se adapten de forma continuada.
2. La calidad de las condiciones laborales y sociales de los trabajadores de los servicios sociales contribuye a definir la calidad de este ámbito.


