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Legislación › Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales.

Artículo 84. Establecimiento de los criterios de calidad.

Artículo 84. Establecimiento de los criterios de calidad.

1. Corresponde al Gobierno establecer los criterios y los estándares mínimos y óptimos de calidad de las actividades y prestaciones de servicios sociales.

2. Corresponde al Gobierno establecer los mecanismos de evaluación y garantía del cumplimiento de los criterios de calidad.

3. El Gobierno, a los efectos de lo establecido por los apartados 1 y 2, debe pedir un informe previo al Comité de Evaluación de Necesidades de Servicios Sociales y al Consejo General de Servicios Sociales.

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