Legislación › Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales.
Disposición adicional decimocuarta. Equiparación laboral de los profesionales de la red concertada de servicios sociales de atención a la dependencia.
Disposición adicional decimocuarta. Equiparación laboral de los profesionales de la red concertada de servicios sociales de atención a la dependencia.
El Gobierno debe aprobar, en el plazo de cuatro años, un escenario de recursos plurianual que permita tender progresivamente a la equiparación de las condiciones laborales de los profesionales de la red concertada de servicios sociales de atención a la dependencia con las del resto de personal de la red de servicios sociales de gestión directa.
Se añade por el art. 166.3 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569
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