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Legislación › Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales.

Disposición transitoria primera. Consejos sectoriales de servicios sociales.

Disposición transitoria primera. Consejos sectoriales de servicios sociales.

Los consejos sectoriales de servicios sociales se mantienen y ejercen sus funciones hasta que un reglamento cree las correspondientes comisiones sectoriales del Consejo General de Servicios Sociales.

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