Legislación › Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes.
Disposición adicional tercera. Titularidad de la vivienda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2008 y la del 9 de abril de 2009.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras).
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Disposición adicional tercera. Titularidad de la vivienda.
A los efectos de lo indicado en el artículo 2.2.b, 2.2.b), no se considerará titular de una vivienda vivienda, cuando el valor catastral de la misma misma, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, no exceda del 60 por 100 del precio máximo de una vivienda protegida de precio régimen general, acogida al Real Decreto 801/2005, 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de la ayuda y situada en la misma localidad que la vivienda de la que se es titular.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de abril de 2009 En vigor | BOE-A-2009-5849 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | Texto original | Leer |
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