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Legislación › Orden SCO/3233/2007, de 29 de octubre, por la que se crea el registro electrónico del Instituto de Salud Carlos III para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los requisitos generales para la tramitación electrónica de determinados procedimientos.

Artículo 3. Naturaleza del Registro electrónico.

Artículo 3. Naturaleza del Registro electrónico.

1. El Registro electrónico del Instituto de Salud Carlos III, en su condición de sistema de información que integra procesos de transmisión y recepción, se configura como un registro auxiliar del Registro General del Instituto, en los términos previstos en el artículo 7.4 del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, la instalación en soporte informático del Registro electrónico garantizará la interconexión con otros registros automatizados de la Administración General del Estado.

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