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Legislación › Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

Artículo 21. Sistemas de gestión y auditorías ambientales.

Artículo 21. Sistemas de gestión y auditorías ambientales.

La Administración General del Estado y las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, fomentarán la implantación voluntaria de sistemas de gestión y auditorías ambientales en todos los sectores de actividad públicos y privados que sean fuentes de emisión, al objeto de promover una producción y un mercado más sostenible y contribuir así a la reducción de la contaminación atmosférica.

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